Cómo serán los nuevos peajes tarifarios en España a partir de Junio para el Autoconsumo

1 de Junio, fecha señalada para el sector eléctrico español por la entrada en vigor de un nuevo sistema tarifario que tendrá el objetivo de fomentar el ahorro energético, la eficiencia, el autoconsumo y el despliegue del vehículo eléctrico.

Se trata de la Orden TED/371/2021, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad que resultan de aplicación a partir del 1 de Junio de 2021. Con este nuevo sistema, los peajes de acceso al sector eléctrico pasan a ser sustituidos por dos nuevos conceptos: los peajes de transporte y distribución, que fija la CNMC y que cubren los costes del uso de las redes de transporte y distribución de la energía eléctrica; y los cargos del sistema eléctrico, establecidos por el MITECO.

¿Cómo queda la nueva tarifa?

Tabla 1. Comparativa tarifa actual con la nueva propuesta

La nueva estructura tarifaria aplica discriminación de precios a todos los consumidores y tres periodos a todos los de menos de 15 kW (consumidores domésticos) para los usuarios con PVPC.

Así, se fijan tres tramos horarios: punta, llano y valle. El periodo punta, en el que el coste de los peajes y los cargos será más alto, estará comprendido entre las 10 y las 14 horas y las 18 y 22 horas; el tramo llano, con un coste intermedio, se situará entre las 8 y las 10 horas, las 14 y las 18 horas y entre las 22 y 24 horas; y la tarifa valle, la más barata de las tres, se ubicará entre medianoche y las 8 de la mañana y se aplicará durante todas las horas de los fines de semana y festivos.

A través de esta estructura tarifaria se pretende incentivar el traslado del consumo eléctrico desde las horas de máxima demanda eléctrica (horas punta) a otras en las que las redes de transporte y distribución se encuentran menos saturadas (horas valle), lo que reducirá la necesidad de llevar a cabo nuevas inversiones en dichas infraestructuras. Esto redunda en menores costes para los consumidores de energía eléctrica, puesto que son ellos quienes sufragan este tipo de infraestructuras a través de la factura eléctrica, y evita los inconvenientes medioambientales de este tipo de instalaciones. Así, los usuarios que trasladen su consumo hacia las horas llanas y valle, las de menor demanda, conseguirán un mayor ahorro en su factura.

¿Cómo quedan las tarifas industriales?

Las tarifas en alta tensión, puntos de suministro de gran consumo que son los principales impulsores del autoconsumo energético, son las tarifas 6.1, 6.2, 6.3 y 6.4. que pasarán a llamarse 6.1TD, 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD respectivamente. Los cambios son:

  • Elimina la limitación de que una de las potencias sea mayor de 450 kW.
  • La periodificación cambia (ver tabla 4)
  • El cálculo de los excesos se mantiene en la forma, han variado algún coeficiente y precios.

También el autoconsumo es habitual en tarifas menores como la 3.1A  que pasa a denominarse 6.1 TD y la 3.0A, cuya nomenclatura a partir de Junio será 3.0TD. Ambas:

  • Cambian a 6 periodos de energía y de potencia, con la misma periodificación que la 6.1TD.
  • El cálculo de los excesos adquiere la forma de las actuales tarifas de 6 periodos tarifarios.
  • Las potencias contratadas tienen que ser tales que Pn+1 ≥ Pn, para la migración de potencias.
  • La potencia P1 actual pasa a ser la potencia P1 en la nueva tarifa.
  • La potencia P2 actual pasa a ser las potencias P2, P3, P4, P5 en la nueva tarifa. En caso de incumplir el criterio de potencias crecientes, la potencia contratada en los periodos 2, 3, 4 y 5 será igual a la potencia contratada en el periodo 1.
  • La potencia P3 actual pasa a ser la potencia P6 en la nueva tarifa 3.0TD. En caso de incumplir el criterio de potencia crecientes, la potencia contratada en el periodo 6 será igual a la potencia contratada en el periodo 5.

Estos nuevos periodos tarifarios favorecen el retorno a la inversión de un proyecto fotovoltaico de autoconsumo, en el sentido en que el coste variable cobra importancia frente al coste fijo.

Otra novedad es que los antiguos periodos de verano e invierno pasan a denominarse temporadas. A cada temporada se le asigna una letra, (Alta=A, Media-Alta=B, Media=B1, y Baja=C), que será para los días intersemanales, siendo los festivos y fines de semana con nomenclatura D.

Tabla 2. Clasificación de las temporadas de electricidad con el nuevo periodo
Tabla 2. Clasificación de las temporadas de electricidad con el nuevo periodo
Tabla 3. Periodos tarifarios por temporada en la Península Ibérica
Tabla 4. Distribución de los periodos para las tarifas 3.0TD y 6.XTD

Fomento del ahorro y el autoconsumo

La combinación de los nuevos peajes y cargos permitirá que la factura eléctrica tenga un mayor componente variable. Esto hará que su coste dependa en mayor medida de la energía consumida, lo que fomenta la eficiencia energética al permitir que las medidas de ahorro tengan un mayor impacto en la factura del consumidor.

Con ello se promueve el autoconsumo, que reduce la demanda de energía procedente de la red. Este nuevo modelo beneficiará, además, a los consumos con componente estacional como el turismo.

Penalización por excesos de energía reactiva capacitiva

A parte de los cambios tarifarios mencionados anteriormente, el nuevo sistema provoca modificaciones a considerar en cuanto a la energía reactiva.

Actualmente, cuando la energía reactiva inductiva supera el 33% de la energía activa se establece una penalización por dichos excesos.

A partir de Abril, se ha establecido la energía reactiva capacitiva, que penalizará solo durante el periodo 6 y no podrá superar el 20% de la energía activa.

Ahorro en el término de potencia

Otro aspecto a considerar es el ahorro en la facturación del término de potencia. En tarifas 3.0A y 3.1A, hasta ahora, se facturaba considerando el valor máximo, es decir, se registraban los consumos máximos cada cuarto de hora y se pagaba por el mayor de ellos. Con este nuevo modelo, las tarifas se integran en las 3.0 TD y 6.1 TD pasando a tener, ambas, 6 periodos. Esto se traduce en un ahorro en el término de potencia debido a una mayor capacidad de optimización de la potencia contratada debido al nuevo modo de cálculo de los excesos.

La facturación se producirá de la misma manera que en las tarifas actuales de 6 periodos, es decir, se factura por una lado el coste regulado de la potencia contratada y por otro lado se  facturan los excesos, es decir, cada vez que el valor del maxímetro supere la potencia contratada.

Los excesos de potencia se calcularán según lo establecido en la Circular 3/2020, de 15 de Enero, en función del tipo de contador (detallados más adelante):

En el caso en que la potencia demandada sobrepase, en cualquier periodo, la potencia contratada en el mismo, se facturará los excesos registrados según la siguiente formula para equipos de medida 1, 2 y 3 (los más comunes en instalaciones industriales):

Los contadores, dispositivos que miden el consumo de energía eléctrica en el punto de suministro, se pueden clasificar según su nivel de consumo. El tipo 1 es aquel ubicado en puntos de suministro de elevado consumo. Los requisitos son:

  • Que estén en las fronteras de clientes cuya potencia contratada en cualquier periodo sea igual o superior a 10 MW.
  • Que estén en las fronteras de generación cuya potencia aparente nominal sea igual o superior a 12 MVA.
  • Que estén en cualquier otra frontera cuya energía intercambiada anual sea igual o superior a 5 GWh.

El tipo 2 hace referencia a los contadores que se localizan en suministros que también presentan un elevado consumo. Son todos aquellos que no pudiendo clasificarse como contadores tipo 1, cumplen los siguientes requisitos:

  • Puntos en las fronteras de clientes cuya potencia contratada en cualquier periodo sea superior a 450 kW.
  • Puntos en las fronteras de generación, cuya potencia aparente nominal sea igual o superior a 450 kVA.
  • Puntos en cualquier otra frontera cuya energía intercambiada anual sea igual o superior a 750 MWh.

El tipo 3 corresponde a los contadores cuya potencia contratada es superior a 50 kW e inferior o igual a 450 kW. Pertenece a puntos situados en las fronteras de generación, cuya potencia aparente nominal sea superior a 15 kVA e inferior a 450 kVA.

El siguiente, el tipo 4, son los puntos cuya potencia contratada en cualquier periodo sea igual o inferior a 50 kW y superior a 15 kW, es decir, en general instalaciones de terciario.

Finalmente, los contadores tipo 5, que se utilizan en instalaciones domésticas o de pequeño tamaño con las siguientes características:

  • Puntos de medida en las fronteras de clientes cuya potencia contratada en cualquier periodo sea igual o inferior a 15 kW.
  • Puntos de medida situados en las fronteras de instalaciones de generación cuya potencia nominal sea igual o inferior a 15 kVA.

Resumen

Con la nueva regulación se impulsará el ahorro energético y la maximización de los beneficios del autoconsumo.

Todas las tarifas industriales (con potencias contratadas superiores a 15 kW) pasan a tener 6 periodos tarifarios. Las potencias contratadas en cada periodo deberán cumplir con la fórmula de Pn+1≥Pn y ya no existirá el mínimo de superar los 450 kW contratados en alguno de los periodos.

Por otro lado, se aumentan considerablemente los peajes en el término de energía, con lo que la parte variable tendrá un mayor peso. Este aumento es el que, a priori, permitirá a los autoconsumidores tener un mayor ahorro. Además, el nuevo sistema reduce considerablemente los peajes en el término de potencia, haciendo que la parte fija tenga menor peso en la factura.

Con esta modificación, se espera que los nuevos cambios signifiquen un nuevo impulso a las medidas de eficiencia energética e instalación de proyectos de autoconsumo industrial, debido a su mayor rentabilidad económica por un mayor ahorro en el término variable de la factura eléctrica para la misma inversión.

Por Andrés Muñoz, CEO de INFOENERGÉTICA

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